El presidente de Argentina, Javier Milei, endureció los requisitos para otorgar refugio político, a través de un decreto que impide que reciban este estatus personas que hayan cometido «delitos graves» en otros países.
De acuerdo con el documento, publicado en el Boletín Oficial, no podrán acceder a la categoría de refugiadas las personas extranjeras relacionadas con delitos internacionales, en particular si existen motivos fundados para considerar que han atentado contra la paz, contra la humanidad o promovido la guerra.
Con respecto a los «delitos graves», precisa que se refiere a aquellos que prevén penas de 10 años de prisión, que afecten la vida, la libertad, el patrimonio, la integridad física o sexual de las personas; así como a los vinculados a la delincuencia organizada, el terrorismo, las violaciones a los derechos humanos o cualquier acción que comprometa la paz y la seguridad internacionales.
También advierte que no podrán ser refugiadas las personas que incitaron, facilitaron o participaron activamente en la comisión de todos estos delitos.
Por otra parte, las personas que ya están refugiadas en Argentina perderán este estatus si se acogen a la protección de su país de origen; si recobran voluntariamente la nacionalidad que habían perdido al ser considerados perseguidos políticos; o si obtienen la protección de una nueva nacionalidad.
En el mismo caso se encuentran quienes vuelvan a residir en el país que habían abandonado por temor a ser perseguidos; si deciden radicar en otro país; o si desaparecen las circunstancias por las cuales fueron reconocidos como refugiados, es decir, los riesgos hacia su integridad personal.
«A la persona cesada en su condición de refugiado, se le concederá un plazo razonable para dejar el país, o en su caso, para permanecer en el mismo bajo el estatuto legal que, bajo la normativa legal vigente, le pueda ser conferido en atención al grado de integración de él y su familia durante su permanencia en el país», añade del decreto.