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Banderas de Estados Unidos y Venezuela (Oleksii Liskonih / Gettyimages)

OFAC aprueba licencia con ciertas limitaciones para reestructurar deuda venezolana

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Caracas. – Una licencia que permite, con ciertas restricciones, a Venezuela y a PDVSA iniciar asesorías legales, financieras y técnicas para una posible reestructuración de su deuda, fue autorizada este martes por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de EE. UU.

La Licencia Nº 58 autorizó ciertos servicios al narcorégimen interino chavista, entre los cuales figuran los permisos para negociar la deuda de la estatal Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), y de cualquier entidad en la que la petrolera venezolana posea, directa o indirectamente, una participación del 50% o más.

«Los servicios autorizados de asesoría legal, financiera y de consultoría relacionados con una posible reestructuración de deuda incluyen la evaluación, el desarrollo o la preparación de opciones, propuestas y materiales de apoyo relacionados con la reestructuración de deuda», sostiene la LG58.

La normativa abre la puerta a servicios especializados en áreas clave para preparar un proceso de reestructuración de deuda. Entre ellos figuran la asesoría legal, financiera y de consultoría, así como la evaluación de escenarios, el desarrollo de propuestas y la elaboración de documentos técnicos orientados a estructurar posibles opciones para reorganizar los compromisos financieros del país.

No obstante, la LG58 no permite ejecutar la reestructuración de la deuda, ni negociar directamente con acreedores, ni transferir o liquidar obligaciones financieras. En otras palabras, el proceso queda restringido a una fase técnica y preparatoria, sin autorización para avanzar hacia acuerdos concretos.

En este sentido, la OFAC destacó que este permiso impone condiciones estrictas:

  • Los pagos por estos servicios deben ser “comercialmente razonables” y no pueden hacerse en oro, petro, criptoactivos emitidos por Venezuela ni mediante swaps de deuda.
  • Quedan prohibidos los involucrados con Rusia, Irán, China, Cuba, Corea del Norte o personas sancionadas en la lista SDN (excepto PDVSA en ciertos casos).
  • Las empresas deben reportar los contratos a las autoridades estadounidenses en un plazo de 10 días hábiles.
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John R. De la Vega, P.A.

Immigration Law
  • Asilo
  • Representaciones en la corte de inmigración
  • Peticiones familiares

John De la Vega es un abogado venezolano-americano que ha ayudado mucho a la comunidad venezolana e hispana en sus procesos migratorios en los Estados Unidos.

John R. De la Vega, P.A.

Immigration Law

John De la Vega es un abogado venezolano-americano que ha ayudado mucho a la comunidad venezolana e hispana en sus procesos migratorios en los Estados Unidos.

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