El BCRA liberó el ingreso de divisas para quienes exportan servicios al exterior, eliminando el tope anual de US$36.000.
El Gobierno nacional dio un paso clave en su política de desregulación y apertura económica: el Banco Central (BCRA) anunció la eliminación del límite anual de US$36.000 que regía para los profesionales que trabajan para el exterior y traen sus divisas al país.
La decisión se formalizó a través de la Comunicación “A” 8330 y entrará en vigencia este viernes. Según lo detallado por la entidad, a partir de ahora los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados en el mercado oficial, lo que representa un cambio profundo para miles de freelancers, técnicos y profesionales que trabajan con clientes en el extranjero.
“Dejar sin efecto el límite anual de US$36.000, habilitando para las personas humanas el mecanismo de excepción de la obligación de liquidación de los cobros de exportaciones de servicios allí establecido sin límite de monto”, señala la disposición del BCRA.
La medida también protege a los trabajadores del conocimiento frente a las prácticas abusivas del sistema financiero. En efecto, el Banco Central dispuso que los bancos no podrán cobrar comisiones a las personas físicas residentes por las acreditaciones de ingresos de divisas del exterior en cuentas en moneda extranjera. La disposición alcanza no solo a exportadores de servicios, sino también a quienes reciben fondos propios o ayuda familiar.
No obstante, se permitirá trasladar únicamente los cargos correspondientes a servicios prestados por entidades del exterior, siempre que estén debidamente documentados y cobrados al costo.
Cabe destacar que esta flexibilización viene a coronar un proceso gradual iniciado durante el propio gobierno de Milei: en 2024 se había elevado el tope de US$12.000 a US$24.000, y en enero de este año se lo había llevado a US$36.000. Ahora, el límite desaparece por completo, consolidando la libertad para el ingreso de dólares genuinos.
Actividades alcanzadas
La normativa exceptúa de liquidar sus cobros a quienes exporten servicios en áreas clave de la economía del conocimiento y sectores profesionales. Entre ellas:
Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública.
Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos.
Servicios relacionados con el comercio.
Otros servicios empresariales.
Servicios audiovisuales y conexos.
Otros servicios personales, culturales y recreativos.
