Caracas. – Una nueva resolución autoriza a los ciudadanos, a realizar registros fílmicos o de audio, en cualquier procedimiento policial a los cuales sean sometidos en un punto de control. Se trata de la resolución 109, aprobada de manera conjunta entre los supuestos ministerio de defensa y de relaciones interiores, tras una petición del Ministerio Público, para que las personas puedan defender su integridad durante una acción policial a la cual estén supeditados.
«Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido», indica el artículo 20 de la resolución, la cual fue firmada el pasado 07 de septiembre.
Igualmente, establece que «los ciudadanos y ciudadanas… podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a que sean sometidos en los puntos de control por parte de las autoridades policiales o militares…». La resolución 109 también precisa que la retención de documentos y pertenencias, incluyendo equipos telefónicos, solo podrá realizarse bajo los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.
Otro punto a destacar, es la presencia de funcionarios del Ministerio Público y/o Defensoría del Pueblo, durante la ejecución de los procedimientos, a fin de garantizar la supervisión de los mismos. Cada órgano de seguridad ciudadana, deberá establecer un mecanismo continuo de supervisión a los puntos de control bajo su responsabilidad, registrando y orientando las incidencias que ocurran en los mismo…», indica también la nueva ley aprobada.