El propietario del avión estrellado cerca de capital de EE. UU. dice que su familia iba a bordo

El propietario de la aeronave que se ha estrellado este domingo cerca de Washington DC, EE.UU., después de que aviones de las Fuerzas Armadas intentaran establecer contacto con el piloto sin éxito ha dicho a varios medios que su familia iba a bordo.

La Administración Federal de Aviación de EE. UU. (FAA, en inglés) está investigando las causas que llevaron a que la aeronave privada de la marca Cessna se estrellara alrededor de las 15.30 hora local (19.30 GMT) en una «zona montañosa» cerca de Montebello, en Virginia.

Según The New York Times, el avión estaba registrado a nombre de la empresa Encore Motors of Melbourne y su propietario, John Rumpel, de 75 años, ha dicho al diario que a bordo iban su hija, una nieta de 2 años y su niñera, que volvían a su casa en East Hampton (Nueva York) tras una visita familiar en Carolina del Norte.

La FAA dijo que el avión tenía como destino el aeropuerto MacArthur en Long Island, el área del estado de Nueva York donde se ubica East Hampton, y que había salido de la ciudad de Elizabethton, en el estado de Tennessee, vecino de Carolina del Norte, al sur del país.

Rumpel también ha declarado a The Washington Post que estaba en contacto con la FAA, ha afirmado que su «familia entera» iba en el avión y ha lamentado que «nadie podría sobrevivir» dada la velocidad de descenso antes de estrellarse.

La policía estatal de Virginia ha dicho al canal local WFXR este domingo que las tareas de búsqueda estaban en marcha, pero había malas condiciones meteorológicas.

El avión sobrevoló Washington y Virginia y fue interceptado por aviones de combate F-16, que volaron a velocidades supersónicas y emplearon bengalas para llamar la atención del piloto sin que este respondiera, informó el Comando de Defensa Aeroespacial de Norteamérica (NORAD, en inglés).

El estruendo supersónico de los aviones de combate llamó la atención de los residentes del área metropolitana de Washington DC, pero las autoridades comunicaron poco después que no había una amenaza activa y que el ruido procedía de un vuelo «autorizado por el Departamento de Defensa».

La copropiedad en disputa: esbozos metajurídicos para un acratismo condominal (parte 1)

Por Ilxon R. Rojas, coordinador local de EsLibertad Venezuela

En el contexto de la organización de la propiedad privada inmobiliaria, cuya estructura material se distingue por ser múltiple, contigua y estar una respecto a otra fundida y entrelazada formando un sistema semicerrado de copropietarios, resulta imprescindible el establecimiento de normas convivencia y armonía entre vecinos residentes. Por lo que es de esperarse entonces, el surgimiento, con arreglo a las voluntades concomitantes, de formas de autorregulación jurídica de las áreas comunes y en atención a las eventuales externalidades.

En efecto, a tenor de la aparición de normas sustantivas para la regulación de dicha organización, en la plena consideración de su especificidad factual, se han esbozado varias teorías jurídicas relacionadas, y que prima facie es posible sintetizar en los dos grupos siguientes:

1. Teorías colectivistas de la propiedad condominal.

Este tipo de teorías intentan enhebrar una explicación del fenómeno condominal poniendo énfasis en cierto carácter de generalidad de disposición internalizada en la subjetividad de los residentes sobre la totalidad multiforme de los bienes inmuebles en que residen, de modo que dicha internalización dota a cada uno de ellos de una idéntica facultad jurídica para la disposición y disfrute de la copropiedad, y su vez, para la asunción de las responsabilidades y costos que esto conlleva.

Según la Dra. Palacios (2005 p. 75), siguiendo de cerca la discusión doctrinaria, uno de los tratamientos más relevantes que se han elaborado en cuanto al tópico de la naturaleza jurídica de fenómeno de la propiedad condominal, ha sido mediante lo que se llama la “Teoría de la unificación del derecho de propiedad”, con la cual se ha pretendido que, sin considerar siquiera la notoria pluralidad de sujetos y la evidente pluralidad de propiedades entrelazadas y fundidas unas con otras, lo que acontece es un único derecho de propiedad atribuido al grupo, en la medida en que es considerado como entidad colectiva o “persona jurídica constituida por esa colectividad”,  que ejerciendo su facultad jurídica legitima, goza de la titularidad como administrador actuante y unívoco, sobre el conjunto de los bienes inmuebles.

Así mismo, también se habla de la “Teoría monista de la propiedad condominal”, con la que se quiere hacer ver algo similar a la teoría anterior, aunque con ciertos matices, tal como lo acota la Lic. Valderrama (2010 pp. 97-98), al explicar que esta teoría concibe al condominio como “una falsa división de derechos de propiedad y copropiedad”, a razón del carácter indivisible de los derechos (a los que llama “derecho especifico”) que se despliegan, bien sea, mediante la materialización de su uso común o individual, o mediante la organización de esa misma dicotomía sobre la “copropiedad indivisible”.

Lo que tienen en común estas teorías, no es la negación de copropiedad como tal, sino la negación de su cotitularidad, lo cual se traduce, a todas luces, en una contravención de la propia definición de condominio, puesto que con ella se alude a la concurrencia de varias personas en ejercicio del dominio sobre los bienes inmuebles entrelazados y fundidos. En efecto, esta comprensión más realista del fenómeno condominal pareciese desvanecerse y se habla en su lugar de un dominio único, el dominio del colectivo, un derecho colectivo que pertenece al grupo que administra y organiza el conjunto de los bienes.

Frente a este tipo de teorías, se puede erigir una crítica iusfilosófica trayendo a colación el problema de las abstracciones. Este problema, en rigor, sostiene que, si todos los conceptos con lo que se pretende hacer referencia a fenómenos presentes en nuestra esfera de experiencias responden a meras abstracciones, no todos los conceptos que pretenden haber sido abstraídos de las intuiciones sensibles se obtienen de la verificabilidad que proporciona su correlato empírico.

Siguiendo a Bruno Leoni en lecciones de Filosofía del Derecho (2013 p. 63), vale afirmar que, si en la consideración en que se contrastan los conceptos de individuo y colectivo, es cierto que el individuo como concepto corresponde a una abstracción, así también es una abstracción la edificación conceptual del colectivo, llámese grupo o sociedad. No obstante, hay una diferencia abismal entre una cosa y otra, que guarda relación con que la abstracción que corresponde al concepto de individuo se puede correlacionar empíricamente, mientras que de la abstracción que corresponde al concepto de colectivo, no es posible hallar su derivación de la intuición sensible, por el hecho que de nadie puede afirmar haber tenido experiencia de la colectividad, o hacer referencia de haber experimentado a un ente llamado sociedad, comunidad o grupo, pero es a todas luces innegable admitir haber tenido la experiencia respecto de los individuos, o experiencia interindividual, ergo, la experiencia de la relación factual de un individuo con los demás individuos resulta ser consustancial a la abstracción del individuo como concepto, es decir, con la idea indeterminada de individuo, y en ese sentido, si se quiere aducir una abstracción adecuada de la sociedades o colectivos, aunque sea a razón de una economía del lenguaje, es propicio elucubrar su concepto reconociendo que aquello de lo cual se dice tener experiencia y que se puede llamar sociedad o colectivo, no debe ser tratado y entendido más que como un conjunto de individuos situados en un espacio y tiempo concretos. Todo fenómeno social que no permite ser abstraído de la experiencia hacia la conceptualización, debería considerarse como un empleo ficcional de los conceptos. 

Ahora bien, ¿cómo aplica esto a la crítica de las teorías colectivistas de la propiedad condominal?

Muy sencillo, tras la dilucidación de cómo deben efectuarse abstracciones correctas, se tiene que de la presencia de conceptos en dicha teoría que se expresan queriendo analogar la acción de los colectivos como si estos fueran individuos per se, como si fueran agentes conscientes con independencia de la actuación e intencionalidad de los individuos residentes, se aduce con ello, una mala comprensión de la naturaleza del fenómeno condominal.

Por lo tanto, con estas teorías colectivistas de la propiedad condominal no puede sostenerse más que una ficción conceptual por el yerro de la imposibilidad de verificación sensible que proporciona la experiencia del mundo. Porque de la pluralidad de propietarios de un complejo inmobiliario fundido y entrelazado, no se sigue una singularidad del legítimo derecho de propiedad de los residentes por la mera condición de ser todos propietarios al unísono.

Pero resulta más importante aún, el hecho de que, a propósito de este error metodológico, se pretendan producir leyes regulatorias de la propiedad condominal. Pues si bien es sabido que hay un margen enorme de autorregulación del condominio debido a las reglas de derecho que el condominio se da a sí mismo mediante su reglamento, también existe un cúmulo de normas “jurídicas” (Constitución Nacional, Código Civil, Ley de Propiedad Horizontal, Ley Orgánica de Justicia de Paz, etc.), que se inmiscuyen en su funcionamiento, además de las sentencias y los criterios jurisprudenciales que han sido dictadas al respecto (véase la interpretación vinculante del artículo 138 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que ha dictado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante sentencia Nro. 1.658 de 16 de junio de 2003). Así, se tiene que no solo la sustancia jurídica del derecho condominal se haya limitada y cercenada por calculadores extraños a su propio funcionamiento inmanente como lo son el legislador y la magistratura, sino también la posibilidad de dar tratamiento adjetivó del derecho condominal en este sentido autorregulatorio, pues esta posibilidad está desterrada por mandato constitucional de acuerdo a su mentado articulo 138 que reza “Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos”. A tenor de ello, el jurista Delvis Echandía expone lo siguiente:

“El sistema no está concebido para que los particulares se sustituyan en esta función y de manera anárquica y arbitraria persigan dirimir sus conflictos. Esto es una función del Poder Público, que a través de los órganos respectivos, previstos en la Carta Fundamental, les corresponde impartir justicia (órganos del Poder Judicial).” (Devis Echandía, citado en la sentencia ut supra). Queda clara y distinta entonces la mentada imposibilidad. Pero volviendo al núcleo de la crítica, más allá de que pueda justificarse la legitimidad de esta producción legal que impone esa imposibilidad y el solemne ropaje teatralizado por intervención judicial que lo aplica y con sus criterios la hace más sofisticada y compleja, cualquiera que efectué el equívoco de las abstracciones, estaría sometiendo a perjuicios y descalabros locales, a la sociedad a la que pretende regular y garantizar su seguridad jurídica. Por suerte, el siempre sesgado legislador venezolano no ha suscrito esta teoría ad literam, ha optado por el mal menor y se ha encaminado por una combinación de las teorías especiales de la propiedad condominal, tal como veremos a continuación.

(Nota: esta publicación corresponde a la primera parte del ensayo del autor, puede acceder a la segunda parte aquí.)

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  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999). Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 36.860.
  • Leoni, B. (2013). Lecciones de filosofía del derecho. Unión Editorial.
  • Palacios, E. (2005). La Copropiedad. En Revista Jurídica «Docentia et Investigatio» (Vol. 7, Número 1, pp. 73-82).
  • Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Sentencia Nro. 1.658. (2003). http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/Enero/06-180107-05-1692.htm
  • Valderrama Cabrera, M. (2010). Problemas, soluciones y ficciones en el condominio del Distrito Federal. https://biblio.upmx.mx/tesis/121910.pdf

Un avión que sobrevolaba Washington DC se estrella después de ser perseguido por cazas estadounidenses

Una aeronave se ha estrellado este domingo cuando sobrevolaba la capital de Estados Unidos, Washington DC, después de que varios cazas F-16 persiguieran la avioneta porque el piloto no respondía a las llamadas de los militares.

Según un comunicado del Mando de Defensa Aeroespacial de Estados Unidos (NORAD), la aeronave fue interceptada sobre las 15.20 horas (hora local) cuando el piloto no reaccionó, por lo que se estrelló cerca del Bosque Nacional George Washington y Jefferson, a 285 kilómetros de la capital.

El NORAD, además, ha indicado que sus cazas estaban autorizados a viajar a velocidades supersónicas, por lo que los residentes en la región han podido escuchar un estruendo sonoro. Los soldados también han utilizado bengalas en un intento de llamar la atención del piloto.

La agencia de Seguridad Nacional y Gestión de Emergencias de DC ha afirmado que estaba «al tanto de los informes de las comunidades de toda la región de la capital de un fuerte ‘boom’ esta tarde», sin embargo, ha precisado que «no hay ninguna amenaza».

Por el momento, no está claro si la aeronave violó el espacio aéreo restringido de Washington DC, o si había una emergencia a bordo, ha indicado un funcionario estadounidense a la cadena de televisión CNN.

Las autoridades están realizando las labores de búsqueda, ya que cuatro personas iban a bordo del vehículo, según ha informado la Policía Estatal de Virginia al citado canal.

Alertan desaparición de gasolineras subsidiadas en Caracas

Caracas. – La gasolina subsidiada están desapareciendo también en Caracas, donde se reporta que varias estaciones de servicio ya han sido «dolarizadas» sin previo aviso, tal como ha ocurrido en otros estados.

Regiones como Anzoátegui, Carabobo, Sucre, Táchira y Aragua perdieron más de la mitad de la gasolineras subsidiadas, situación que alarmó a los conductores y choferes de transporte público en esos estados.

En Caracas, donde hace poco más de un mes se vienen observando colas en varias zonas, se está reportando también la conversión de varias estaciones de servicio, que antes funcionaban como subsidiadas, pero ahora son dolarizadas.

La periodista de Globovisión, Del Valle Canelón, publicó hoy, 04 de junio, en su cuenta de Twitter, lo ocurrido con varias gasolineras en el área metropolitana:

«Esta semana 5 nuevas bombas amanecieron dolarizadas en Caracas. Catia, Av Nueva Granada, el Cementerio, las zonas donde estaban ubicadas. Poco a poco acaban con el subsidio a la gasolina y cada vez la población mas sometida».

Esta práctica se viene ejecutando, de manera progresiva, desde marzo de 2022 en todo el país. Sin embargo, antes de finalizar el primer semestre de este año, el cambio se ha acelerado, sobre todo en Distrito Capital y Miranda.

Las colas fuertes se presentan precisamente en las subsidiadas, ya que los conductores prefieren aprovechar el costo más económico. No obstante, algunos internautas piensan que los «guisos» y «matracas» se dan más en estas gasolineras, precisamente por esa situación.

Otros señalan que, la eliminación del subsidio vendrá de manera definitiva, pues, la economía precaria del régimen no le permite financiar, el poco combustible que se produce.

Fallas con la luz se extendieron en cinco estados este #04Jun

Caracas. – El problema con las fallas en el suministro eléctrico en el país, continúan para este domingo, 04 de junio. En cinco estados del país varios sectores continúan sin energía eléctrica, tras las averías registradas este pasado sábado.

Es el caso de Vargas, Nueva Esparta, Caracas, Zulia y Mérida, entidades cuyos habitantes abarrotaron las redes sociales con denuncias.

En Caracas las fallas persisten en comunidades como Caricuao, donde luego de los apagones de este pasado sábado, donde denuncian que al menos, unos 50 apartamentos en la UD5 siguen sin luz desde el sábado.

Igual ocurre en Vargas, específicamente en el sector Punta de Mulatos (La Guaira), donde hoy domingo ya cumplieron 35 horas sin electricidad, tras los fuertes vientos huracanados del viernes en la noche.

En Zulia, principalmente en Maracaibo, hay muchos sectores sin energía desde el sábado, y en Nueva Esparta hay varios municipios, que este domingo ya cumplieron hasta seis horas sin luz.

La situación es similar en Mérida, con varios municipios sin energía desde la madrugada de este domingo.

«Enchufados» desfilan lujosos autos junto a avión de combate en base aérea Libertador

Caracas. – En un video difundido a través de las redes sociales, se denuncia como los llamados «enchufados» hacen uso de una base aérea militar, para exhibir sus lujosos y costosísimos autos, junto a los aviones de combate de la fuerza aérea venezolana.

El video fue presentado por el activista de Primero Justicia y ex integrante del gobierno interino, Eduardo Battistini, quien mostró las imágenes de una serie de vehículos de alta gama, desfilando y posando junto a un F-16 de la FAV, en la base aérea Libertador en Aragua.

«Estas imágenes que viste no son de la saga Rápidos y Furiosos, sino de la base aérea Libertador de Maracay, mejor conocida como la base de Palo Negro.», denuncia Battistini a traves de su cuenta de twitter, resaltando que «mientras los venezolanos ganan un salario de menos de 5 dólares al mes y el 51% gana menos de 100 dólares, [los enchufados] usan una base aérea militar (que es una zona de seguridad), con recursos de todos los venezolanos, para volar un avión de combate, todo para grabar un video con carros de alta gama y promover un show de lujo».

La grabación provocó reacciones en las redes, entre las cuales destacada la de Sammy Landaeta Millán, militar retirado de la fuerza aérea, quien expresó su indignación:

«¡VERGÜENZA! En nombre de los MILITARES RETIRADOS; DIGNOS, DECENTES y HONORABLES. Pido DISCULPAS ante la CIUDADANÍA, por el OPROBIOSO #Video GRABADO en la Base Aérea El Libertador #BAEL #PaloNegro #Aragua #Venezuela frente a un PAÍS que MUERE de HAMBRE y de MENGUAS».

Capriles: si quieren que elecciones de 2024 sean legítimas no puede haber inhabilitados

Caracas. – Henrique Capriles, el candidato de Primero Justicia, aseguró este domingo, 04 de junio, que una de las condiciones para que las elecciones de 2024 sean consideradas «legítimas», es que no hayan inhabilitados.

Así lo aseguró en una entrevista para el programa Abriendo Puertas de Venevisión, en el cual dijo que la inhabilitación política —el cual es su caso— es una de las estrategias que suele emplear el régimen, para «sacarte del juego político».

Capriles afirmó que la primaria busca definir un candidato para enfrentar a Nicolás Maduro, y no para complacer al narco régimen, en cuanto a definir a alguien que les convenga.

«Maduro no puede pretender elegir al candidato de la oposición. Si nosotros queremos unas elecciones legítimas tiene que ser sin inhabilitados», aseveró.

Al respecto, hay que recordar que Capriles fue inhabilitado en 2017 por la Contraloría General de la República por 15 años, una medida que le impide postularse en elecciones y ejercer cargos públicos hasta el año 2032.

Este argumento ha sido utilizado por Diosdado Cabello en su programa «Con el mazo dando», cada vez que recuerda la situación en la cual se encuentra el candidato de la tolda amarilla, sobre quien siempre dice, se encuentra inhabilitado y por ello no puede participar.

El número de muertos por derrumbe de mina en El Callao se elevó a 12

Caracas. – A 12 se elevó el número de muertos en una mina artesanal en el estado Bolívar, en la población de El Callao, hecho ocurrido el pasado 31 de mayo, cuando la estructura se derrumbó a causa de las lluvias con los trabajadores adentro.

«Los mineros artesanales que se encontraban en esa mina fallecieron por insuficiencia respiratoria. Tenemos un total de 12 fallecidos. Estamos en el proceso de identificación para llevarlos al hospital y entregárselos a sus familiares», explicó un vocero de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Bolívar, a través de un video difundido en Twitter.

Edgar Colina, vocero de la gobernación explicó que durante las labores de rescate se recuperaron cinco cuerpos el viernes y siete este pasado sábado.También precisó, que hasta los momentos no han sido identificados.

Los trabajadores artesanales que laboraban en la mina Talavera “murieron por insuficiencia respiratoria”, agregó el funcionario.

Igualmente, indicó que la falta de experiencia podría haber influido en la tragedia ya que “cuando está lloviendo hay minas que no pueden ser trabajadas”.

EE. UU.: Un distrito escolar retira la Biblia de las bibliotecas por contenido «pornográfico o indecente»

El distrito escolar de Davis, en Utah, ha aprobado retirar la Biblia de las bibliotecas sobre las que tiene competencia tras una denuncia de una familia que destacaba el contenido «vulgar y violento» del libro sagrado cristiano amparándose en una ley estatal que prohíbe los contenidos «pornográficos o indecentes».

La denuncia, presentada en diciembre, destaca que el libro «es uno de los libros con más sexo que hay» porque contiene «incesto, onanismo, bestialismo, prostitución, mutilación genital, felaciones, consoladores, violación e incluso infanticidios», según recoge el portal de noticias Axios.

«Es pornográfica según la nueva definición» recogida en la ley estatal, resalta la denuncia. «Los libros que han sido prohibidos hasta ahora contienen ofensas mucho menores, así que este debería ser un caso claro», añade. La denuncia incluye más de 60 citas «ofensivas» de la Biblia.

Una comisión de distrito decidió en mayo que el libro «no contiene material sensible», pero igualmente recomendó su retirada de los colegios de educación primaria y secundaria «según criterios de edad debido al contenido vulgar y violento». La decisión ha propiciado la retirada del libro de entre siete y ocho centros escolares.

Por otro lado, la directora de la Oficina para la Libertad Intelectual de la Asociación Estadounidense de Bibliotecas, Deborah Caldwell-Stone, ha señalado que este caso «demuestra cómo la censura de material estrecha las oportunidades educativas y reduce el acceso de los estudiantes a la información».

Cabe mencionar que la Ley Sobre Contenido Sensible en Colegios de Utah se aprobó en 2022 y desde entonces ha servido para retirar hasta 52 libros de los estantes de las bibliotecas de centros escolares, la mayoría de temática LGTBI.

Juez federal de EE. UU. considera inconstitucional la ley que restringe los espectáculos drag en Tennessee

Un juez federal de Estados Unidos ha anulado la ley aprobada en el estado de Tennessee que restringía los espectáculos drag en la vía pública con el fin de ocultarlos de la vista de los niños al considerarla «inconstitucionalmente vaga y sustancialmente demasiado amplia».

«No proporciona un aviso justo de lo que está prohibido y alienta la aplicación discriminatoria» ha afirmado el juez federal Thomas Parker, y ha añadido que va en contra de la primera enmienda de la constitución estadounidense, según ha informado el periódico ‘The Washington Post’.

Por su parte, el fiscal general de Tennessee, Jonathan Skrmetti, ha dicho en un comunicado que espera apelar el fallo «en el momento apropiado».

La ley fue aprobada el pasado marzo por el gobernador republicano Bill Lee con la que se permitía multar a los que no cumplieran la normativa y de esta manera se convertía en el primer estado en hacerlo este 2023.

La medida, que fue ratificada por la Cámara y el Senado de Tennessee, definía como «interés lascivo» un espectáculo de cabaret para adultos «que cuenta con bailarinas en ‘topless’, bailarinas gogó, bailarinas exóticas, ‘strippers'», así como «imitadores masculinos o femeninos que ofrecen entretenimiento».

Este tipo de restricción fue la primera de casi una docena de proyectos de ley similares que se están tramitando en otros estados gobernados por el Partido Republicano. Los republicanos aseguran que los espectáculos exponen a los niños a temas e imágenes sexuales «inapropiados».