La paradoja de la seguridad en Colombia: más allá del prohibicionismo armado

Cristian Romero, abogado Penalista, docente universitario, Coordinador Nacional de EsLibertad Colombia, Investigador jurídico, candidato a magister en derecho penal, columnista y conferencista.

Lo que propone mi investigación no es simplemente flexibilizar permisos de porte, sino reemplazar un modelo centralizado, costoso y burocrático por un sistema de seguridad civil regulada basado en responsabilidad individual, monitoreo permanente y gobernanza comunitaria.

Cristian Romero

Durante décadas, el debate sobre la seguridad en Colombia se ha movido entre dos extremos igual de insuficientes: quienes creen que el monopolio estatal absoluto sobre los medios de defensa garantiza automáticamente el orden público, y quienes reducen cualquier discusión sobre armas a consignas ideológicas. El problema es que la realidad colombiana no cabe en ninguno de esos simplismos, tanto por el contexto de violencia actual como por la violencia histórica que ha atravesado el país.

Hace bastante tiempo he estado trabajando en una propuesta que brinde una solución real a esta problemática y amplíe el marco de libertad en torno a la defensa de los colombianos. Se trata de mi investigación presentada en la maestría en derecho penal de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, la cual parte de una incógnita distinta: ¿qué ocurre cuando el Estado restringe de manera casi total el acceso legal a los medios de defensa personal en un país donde la violencia armada continúa siendo ejercida, principalmente, por actores ilegales que jamás han obedecido la ley?

El régimen colombiano de armas, estructurado alrededor del Decreto 2535 de 1993, descansa sobre una lógica que merece ser revisada con rigor jurídico y no con prejuicios políticos ni ideológicos. La regulación actual termina produciendo una consecuencia profundamente contradictoria: restringe principalmente al ciudadano que sí está dispuesto a cumplir la ley, mientras que el criminal continúa obteniendo armas por fuera del sistema legal. No estamos frente a una hipótesis ideológica, sino frente a un problema estructural. En Colombia, obtener legalmente un permiso de porte implica atravesar una cadena de barreras económicas, administrativas y burocráticas que convierten el acceso en un privilegio reservado para pocos sectores con capacidad económica o influencia política. Entre permisos, exámenes, cursos y adquisición del arma, el costo puede superar ampliamente varios salarios mínimos. Lo que termina generando un resultado práctico bastante evidente, a saber: el sistema no selecciona portadores por conducta, estabilidad emocional o responsabilidad individual, sino por capacidad económica o posición social.

Este punto es central. La jurisprudencia colombiana, particularmente en la Sentencia C-296 de 1995, ha sentado una base importante frente a esta problemática y a la interpretación que el derecho penal moderno realiza sobre ella: este no castiga personas por el supuesto peligro abstracto que representan, sino por conductas concretas que lesionan bienes jurídicos de tutela. El principio de derecho penal de acto impide que el Estado convierta la mera posibilidad de riesgo en fundamento suficiente para restringir indiscriminadamente libertades individuales. Sin embargo, gran parte del enfoque actual sobre armas termina operando precisamente bajo esa lógica: asumir que el ciudadano civil, por el simple hecho de aspirar a un mecanismo de defensa personal, constituye un peligro potencial.

La viabilidad constitucional del modelo

Mi investigación cuestiona esa premisa desde una perspectiva constitucional y del derecho penal. La Constitución colombiana no prohíbe de manera absoluta el porte civil. El artículo 223 establece el monopolio estatal sobre la fabricación e introducción de armas y municiones, pero al mismo tiempo permite que la ley regule las condiciones bajo las cuales los particulares pueden acceder a permisos otorgados por la autoridad competente. Esto tiene una consecuencia jurídica importante, puesto que la restricción vigente no proviene de una prohibición constitucional expresa, sino principalmente de decisiones administrativas y políticas públicas adoptadas a lo largo del tiempo.

El silogismo jurídico es relativamente claro:

  • Primera premisa: la Constitución admite el porte civil regulado.
  • Segunda premisa: el Congreso posee la facultad y libertad de configuración normativa para desarrollar el régimen jurídico correspondiente.
  • Tercera premisa: las restricciones actuales derivan, en gran medida, de políticas administrativas antes que de una prohibición constitucional absoluta.
  • Conclusión: el legislador colombiano puede ampliar legalmente el acceso regulado al porte de armas sin necesidad de reformar la Constitución.

Esto no significa eliminar controles ni promover una sociedad armada sin límites normativos. De hecho, la propuesta desarrollada en la investigación apunta exactamente a lo contrario: sustituir un sistema basado en barreras económicas por un modelo centrado en responsabilidad individual verificable.

¿Cómo funcionaría el modelo?

Lo que propone mi investigación no es simplemente flexibilizar permisos de porte, sino reemplazar un modelo centralizado, costoso y burocrático por un sistema de seguridad civil regulada basado en responsabilidad individual, monitoreo permanente y gobernanza comunitaria. La propuesta mantiene intacto el monopolio estatal sobre la fabricación, trazabilidad y registro de armas, pero transforma la lógica mediante la cual el ciudadano accede legalmente a mecanismos de defensa personal.

El modelo funciona a partir de una habilitación progresiva y condicionada. El ciudadano interesado no obtendría un permiso permanente e indefinido, sino una licencia sujeta a evaluación continua de conducta, historial y cumplimiento normativo. A diferencia del sistema actual, donde el principal filtro termina siendo la capacidad económica del solicitante, el nuevo esquema prioriza criterios verificables como antecedentes penales, ausencia de conductas típicas relevantes para el derecho penal, estabilidad conductual, entrenamiento certificado y permanencia dentro de comunidades reguladas de práctica y supervisión.

Uno de los elementos centrales de la propuesta es la creación de clubes certificados de tiro y defensa comunitaria con función pública delegada y supervisión estatal permanente. Estos espacios no operarían como simples polígonos recreativos, sino como instituciones de formación cívica y técnica encargadas de evaluar periódicamente a los portadores, verificar condiciones psicológicas y de idoneidad, registrar prácticas obligatorias y reportar comportamientos de riesgo o posibles conductas con relevancia penal a las autoridades competentes. El arma dejaría de entenderse como un objeto aislado de propiedad individual y pasaría a insertarse dentro de una estructura institucional de responsabilidad compartida.

A ello se suma un sistema obligatorio de seguro individual de responsabilidad civil del portador. Esto implica que toda persona autorizada para portar un arma debería mantener una póliza activa capaz de responder patrimonialmente frente a daños ocasionados por uso negligente, imprudente o irresponsable, especialmente en escenarios donde puedan concurrir conductas penalmente relevantes derivadas del uso indebido del arma de fuego. El objetivo es trasladar parte del costo del riesgo al propio portador y generar incentivos económicos reales hacia el comportamiento responsable. En otras palabras, el modelo busca que el ciudadano armado tenga no solo derechos, sino también obligaciones permanentes y consecuencias inmediatas frente a cualquier incumplimiento.

La propuesta también incorpora mecanismos de monitoreo continuo y pérdida automática de habilitación frente a conductas incompatibles con la licencia. Episodios relacionados con posibles tipos penales como violencia intrafamiliar, amenazas, lesiones personales, constreñimiento ilegal o cualquier manifestación de violencia dolosa activarían procesos de suspensión inmediata mientras se realiza la respectiva revisión institucional y jurídica. Del mismo modo, situaciones asociadas a abuso de sustancias psicoactivas, alteraciones graves de conducta, incumplimientos administrativos reiterados o antecedentes con relevancia criminológica serían objeto de evaluación permanente por parte de las autoridades competentes. La lógica cambia por completo: el permiso deja de ser una autorización estática otorgada una sola vez y se convierte en una relación jurídica dinámica sometida a evaluación constante.

Otro elemento fundamental consiste en reducir la actual aporofobia estructural del sistema colombiano de armas. Hoy, el acceso legal termina reservado para sectores con altos ingresos o conexiones políticas, mientras las poblaciones rurales y sectores vulnerables —precisamente los más expuestos a estructuras criminales armadas— permanecen excluidos del sistema legal de protección personal. La propuesta busca sustituir esa barrera económica por estándares objetivos de conducta, formación y supervisión institucional.

El modelo toma elementos comparados de sistemas como el suizo y de experiencias de gobernanza policéntrica estudiadas por Elinor Ostrom, donde la seguridad no depende exclusivamente de un monopolio vertical centralizado, sino también de estructuras comunitarias reguladas capaces de producir autocontrol, vigilancia mutua y cohesión social. No se trata de privatizar la seguridad ni de eliminar la autoridad estatal, sino de construir mecanismos complementarios donde el ciudadano deje de ser un sujeto pasivo completamente dependiente de la capacidad reactiva del Estado.

La propuesta, además, conserva límites deliberados estrictos. El porte seguiría prohibido en contextos políticos, manifestaciones, procesos electorales y determinados espacios públicos sensibles. El Estado conservaría facultades de inspección, registro, trazabilidad y revocatoria. Incluso la reforma contempla cláusulas de revisión periódica para medir empíricamente sus efectos sobre violencia, criminalidad, reincidencia y convivencia ciudadana.

En esencia, la investigación plantea una transformación del paradigma de seguridad colombiano: pasar de un modelo que presume peligrosidad abstracta sobre el ciudadano civil a un sistema que evalúe responsabilidad concreta, conducta verificable y capacidad real de convivencia dentro del orden jurídico.

Seguridad, libertad y responsabilidad individual

Hoy por hoy el debate público colombiano suele reducir esta discusión a caricaturas ideológicas importadas del contexto estadounidense o suizo. Pero Colombia tiene una realidad completamente distinta: amplias zonas con presencia institucional débil, mercados ilegales consolidados y poblaciones rurales que permanecen desprotegidas frente a estructuras criminales armadas. Allí, la prohibición no elimina la violencia; simplemente monopoliza la capacidad de defensa en manos de quienes ya operan al margen de la ley.

La seguridad no puede seguir entendiéndose únicamente como un monopolio vertical centralizado ejercido desde Bogotá hacia territorios donde el Estado muchas veces llega tarde o simplemente no llega. Una democracia liberal sólida también exige ciudadanos responsables, instituciones eficientes y marcos normativos coherentes con la realidad social y el tejido social que pretenden regular. Hablar de libertad en materia de seguridad no implica ausencia de reglas. Implica reconocer que un ciudadano respetuoso del imperio de la ley no debe ser tratado bajo la misma presunción que un criminal armado, como estamos viendo en la realidad colombiana. Implica entender que el derecho penal no puede construirse sobre el miedo abstracto al individuo, sino sobre responsabilidad concreta y verificable.

Colombia necesita abandonar los debates emocionales y empezar a discutir seriamente si el modelo vigente realmente ha producido los resultados que prometió durante más de treinta años. Porque cuando un sistema desarma principalmente a quien obedece la ley, mientras el crimen organizado continúa fortalecido, la pregunta ya no es si el modelo debe revisarse, sino cuánto tiempo más estamos dispuestos a ignorar sus consecuencias.


Referencias

  • Colombia. Constitución Política de 1991, artículo 223.
  • Colombia. Decreto 2535 de 1993, “Por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos”.
  • Corte Constitucional de Colombia. Sentencia C-296 de 1995.
  • Elinor Ostrom. Governing the Commons: The Evolution of Institutions for Collective Action. Cambridge University Press, 1990.
  • Jakobs, Günther. Derecho Penal. Parte General. Madrid: Marcial Pons.
  • Romero Cárdenas, Cristian Javier. Condiciones institucionales de gobernanza policéntrica para la reforma del régimen de tenencia y porte de armas de fuego: caso del Decreto 2535 de 1993 en Colombia. Trabajo de investigación presentado para optar al título de Magíster en Derecho Penal, Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca.

Argentina aprueba un régimen especial para que civiles puedan comprar armas semiautomáticas y de asalto

El Gobierno de la Argentina aprobó este miércoles un «régimen de autorización especial» con el cual la población civil puede comprar armas semiautomáticas y de asalto, abriendo paso así al libre porte de armas.

A través de un decreto publicado en el boletín oficial, el presidente libertario argentino, Javier Milei, dispuso que la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) tenga a su cargo «la aplicación del régimen de control especial».

Ahora la Anmac puede consentir que «legítimos usuarios» adquieran «armas semiautomáticas, alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o sub-ametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al 22».

«Los referidos legítimos usuarios deberán acreditar probados usos deportivos y las demás condiciones objetivas que al efecto establezca la Anmac», se lee en el documento.

De esta forma, el Ejecutivo de Milei derogó el artículo 1.° del Decreto N.° 64 del 17 de enero de 1995, con el cual se restringió entonces al ámbito militar la compra y uso de ese tipo de armamento.

Cabe recordar que Milei defendió la libre tenencia de armas cuando era un diputado en mayo de 2022. «Aquellos Estados que tienen libre portación de armas, le guste o no le guste a la progresía, tienen muchos menos delitos [que] donde vos tenés obligados a estar indefensos a los honestos», dijo al canal local Todo Noticias.

Argentina: Eduardo Bolsonaro es cortado de transmisión en vivo por defender la tenencia de armas

El diputado federal brasileño Eduardo Bolsonaro, hijo del exmandatario Jair Bolsonaro, fue cortado en una entrevista en vivo en Argentina por defender la tenencia de armas.

El hecho ocurrió este domingo cuando era entrevistado por el canal C5N, donde expresó que «poner adelante armas de fuego para los ciudadanos significa dar condiciones para que tengan la legítima defensa».

Tras esto, un rotundo «No» se escucha decir a una de las presentadoras, sorprendida por los dichos del político brasileño. Sin embargo, en ese momento es cortada la entrevista y Bolsonaro es sacado del aire.

«Demasiada generosa es la Argentina y somos los argentinos para recibir a este tipo de gente», dijo uno de los periodistas.

«Está hablando de la libertad y disponer de armas, directamente, con el argumento y con el justificativo de que la gente se pueda defender», añade una compañera en el set.

El primer periodista replica: «Por eso así le fue a su padre, que los brasileños, con lógica, lo sacaron del poder, por suerte».

Cabe destacar que E. Bolsonaro viajó al país suramericano para apoyar al candidato presidencial Javier Milei, del partido La Libertad Avanza, quien pasó a balotaje que se celebrará el 19 de noviembre junto al actual ministro de Economía, Sergio Massa.

Perú aprueba una ley que legaliza el asesinato en legítima defensa

Este viernes, el Parlamento de Perú aprobó una ley que exime de toda responsabilidad penal a ciudadanos que actúen en defensa propia.

De este modo, el Congreso de Perú aprobó un proyecto de ley que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal para eximir de responsabilidad penal en caso del uso de la fuerza, incluso letal, en una situación de legítima defensa.

La norma fue propuesta por la congresista Patricia Chirinos, del partido Avanza País, y aprobada en tiempo récord tras recibir 82 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones del pleno.

Al respecto, la presidente de la Comisión de Justicia, Janet Rivas, precisó que se modifica el numeral 3 del artículo 20 del Código Penal, que trata sobre Inimputabilidad en Perú, donde quedó exento de responsabilidad “el que obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, con uso de la fuerza, incluido el uso de la fuerza letal”.

Cabe destacar que en la norma se incorpora un literal referido a casos de “situación de peligro inminente y necesidad de proteger la vida o la integridad propia o de terceros» y establece que «no procede la prisión preventiva en los casos de inminente aplicación de la legítima defensa propia o de tercero conforme a ley”.

«Salvo la presencia de antecedentes o pruebas fehacientes que justifiquen la existencia del delito o que recaiga sobre la persona sentenciada firme condenatoria”, agregó.

En este sentido, sentenció que «La legítima defensa es un derecho que nos brinda la posibilidad de protegernos y proteger a nuestra familia”.

El gobernador de Washington firma una ley para prohibir la venta de armas de asalto en el estado

El gobernador demócrata de Washington, Jay Inslee, ha firmado este martes un proyecto de ley para prohibir la venta de armas de asalto a los ciudadanos estadounidenses de este estado tras ser aprobado por la Cámara de Representantes la pasada semana.

El proyecto de ley, que fue aprobado la pasada semana por la Cámara y también por el Senado, contempla la prohibición de la fabricación, importación, distribución y venta de armas de asalto en el estado, con la única excepción de aquellas que se vendan al Ejército y las fuerzas del orden, ha recogido la cadena CNN.

«La violencia armada es una amenaza para la salud pública y la seguridad de los habitantes de Washington», reza la ley, agregando que «los rifles de asalto son versiones civiles de armas creadas para el Ejército y diseñadas para matar de la manera más rápida y eficiente» posible.

Tras la firma, la portavoz de la Casa Blanca, Karine Jean-Pierre, ha afirmado en un comunicado que, con esta decisión, «Washington se ha convertido en el décimo estado en prohibir las armas de asalto y sacar las armas de guerra de las calles».

También agregó que «el presidente Biden elogia el liderazgo del gobernador de Washington, Jay Inslee, y los líderes legislativos, así como los defensores, los sobrevivientes y los funcionarios electos que lucharon durante años para hacerlo realidad».

El gobernador de Florida firma una ley que permite llevar armas sin permiso

El gobernador de Florida, el republicano Ron DeSantis, firmó hoy la ley que permite portar un arma de fuego sin necesidad de permiso estatal.

La ley HB 543, aprobada por el Senado el 30 de marzo pasado, entrará en vigor a partir del próximo 1 de julio y convertirá a Florida en el vigésimo sexto estado de EE.UU. en promulgar una legislación de este tipo.

Con 27 votos a favor y 13 en contra, el Senado de Florida, de mayoría republicana al igual que la Cámara Baja estatal, aprobó este proyecto de ley al que sus defensores han dado en llamar «de seguridad pública».

A partir de la fecha de entrada en vigor de la ley, las personas que lleven armas ocultas en público no necesitarán una capacitación especial ni la verificación de antecedentes para hacerlo.

«No necesitas una hoja de permiso del gobierno para poder ejercer tus derechos de la Segunda Enmienda», dijo la semana pasada en un evento DeSantis, quien se espera que haga oficial sus aspiraciones presidenciales en los próximos meses.

Ademas, hoy afirmó en un comunicado tras promulgar la ley que «el portar armas es un asunto constitucional que está en los libros».

Cabe mencionar que, en abril del año pasado, DeSantis dio un paso más en su agenda conservadora al prometer que firmaría una ley que permita a los residentes del estado portar un arma de fuego sin permiso, algo que denominó «porte constitucional».

El término de «porte constitucional» hace referencia al derecho a llevar un arma de fuego, ya sea de manera discreta o abiertamente, gracias a la Segunda Enmienda de la Constitución, que otorga al pueblo estadounidense el derecho a poseer y portar armas.

Si bien es cierto que en la actualidad los floridanos no necesitan permisos para comprar un arma, sí ño mecesitaban para portarlas en público, por lo que esta ley elimina tal requisito.

Ecuador: autorizan libre porte de armas y se desata una polémica

El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, ha autorizado el libre porte de armas para civiles como una medida para combatir la inseguridad. Sin embargo, la decisión gubernamental desató polémica en el país.

El anuncio se realizó en momentos en que se han incrementado los hechos violentos en el país, que incluyen asesinatos, sicariatos, el abandono de una cabeza humana en un parque y numerosos robos, incluyendo un asalto a una entidad bancaria en un concurrido centro comercial a plena luz del día en la ciudad costera de Guayaquil.

En esa misma ciudad, delincuentes secuestraron esta misma semana a un sujeto y horas después lo dejaron con un artefacto explosivo adherido a su cuerpo.

Al personal anti-bombas le tomó más de tres horas desactivar el artefacto que estaba pegado con cinta de embalaje al pecho del ciudadano, así como a su pierna izquierda, una escena nunca antes vista en Ecuador.

Joe Biden pide la prohibición de las armas de asalto tras tiroteo de mujer trans

El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, ha llamado al Congreso a prohibir las armas de asalto después del tiroteo perpetrado por una mujer trans en una escuela de educación infantil y primaria en Nashville, que dejó a tres menores y tres adultos muertos.

Biden describió la violencia armada como una «peor pesadilla de una familia» y afirmó que la prohibición de armas de asalto es necesaria para prevenir futuras tragedias.

La atacante, una antigua estudiante del Colegio Presbiteriano de la Alianza y residente en Nashville, murió durante la intervención policial.

La Policía local fue elogiada por su rápida respuesta para «terminar con el peligro», mientras Biden instó a proteger las escuelas sin convertirlas en prisiones.

Las autoridades están investigando el ataque y denunciaron que las armas usadas en el tiroteo eran rifles semiautomáticos, lo que ha aumentado la presión sobre el control de armas en el país.

Biden ha expresado en varias ocasiones su ‘compromiso de abordar el problema de la violencia armada’ y ha prometido tomar medidas para evitar futuras tragedias.

Al respecto, sentenció que pedia «nuevamente al Congreso que apruebe la prohibición de armas de asalto. Ya es hora de que comencemos a hacer más progresos».

Un tiroteo en Florida deja una decena de heridos, dos de ellos de gravedad

Un tiroteo en la localidad de Lakeland, centro de Florida, relacionado con un supuesto contrabando de marihuana, ha dejado este lunes al menos una decena de personas heridas, dos de ellas de gravedad, según informaron las autoridades locales.

El Departamento de Policía de Lakeland dijo en un comunicado que los oficiales respondieron esta tarde a un aviso cerca de Iowa Avenue North y Plum Street y allí hallaron a dos víctimas con heridas graves, además de otras siete personas con lesiones que no ponen en peligro la vida.

Luego, en una rueda de prensa, las autoridades locales elevaron a diez el número total de víctimas del tiroteo. La Policía dijo que las dos víctimas con heridas críticas están siendo operadas de urgencia.

Las autoridades creen que cuatro sospechosos están involucrados en el tiroteo y señalaron que, en estos momentos, intentan localizar el vehículo involucrado en el suceso.

Las investigaciones preliminares apuntan a que cuatro personas desde dentro de un automóvil sedán de color azul dispararon a varias personas. Taylor dijo en la rueda de prensa que tenían «motivos» para creer que se trata de un tiroteo «dirigido», no aleatorio.

Detalló que en el lugar de los hechos se encontró una gran cantidad de marihuana, pero hasta el momento se desconoce si está relacionada con el tiroteo.

Biden promete otra vez prohibir los fusiles de asalto en EEUU

El presidente estadounidense, Joe Biden, prometió de nuevo el miércoles prohibir los fusiles de asalto, durante una emotiva ceremonia conmemorativa de la matanza en la escuela de Sandy Hook, ocurrida hace diez años, en la que encabezó un minuto de silencio.

Biden volvió a pedir que se resucite una ley que expiró en 2004, que prohíbe los rifles de estilo militar con cargadores de gran capacidad.

Esto incluiría el rifle AR-15, que es un éxito de ventas entre los entusiastas de las armas, pero que aparece regularmente como el arma elegida en los tiroteos masivos. Recordando que Estados Unidos prohibió las armas semiautomáticas entre 1994 y 2004, el demócrata de 80 años dijo: «Funcionó».

«Se salvó un número significativo de vidas», aseguró, cuando asistía a la décima «Vigilia nacional anual por todas las víctimas de la violencia armada» en la iglesia episcopal de San Marcos de Washington.

«Podemos hacerlo de nuevo», dijo Biden, en un discurso teñido de tristeza, añadiendo que los cada vez más frecuentes tiroteos masivos están destruyendo el país.

Según el Gun Violence Archive, se han producido más de 600 tiroteos masivos (con al menos cuatro personas muertas o heridas) en Estados Unidos desde principios de este año.

Biden ha aprobado por decreto medidas de regulación. Pero la mayoría de los congresistas republicanos y la NRA, poderoso lobby de armas, se oponen a cualquier legislación verdaderamente vinculante, argumentando que sería inconstitucional.