La paradoja de la seguridad en Colombia: más allá del prohibicionismo armado

Cristian Romero, abogado Penalista, docente universitario, Coordinador Nacional de EsLibertad Colombia, Investigador jurídico, candidato a magister en derecho penal, columnista y conferencista.

Lo que propone mi investigación no es simplemente flexibilizar permisos de porte, sino reemplazar un modelo centralizado, costoso y burocrático por un sistema de seguridad civil regulada basado en responsabilidad individual, monitoreo permanente y gobernanza comunitaria.

Cristian Romero

Durante décadas, el debate sobre la seguridad en Colombia se ha movido entre dos extremos igual de insuficientes: quienes creen que el monopolio estatal absoluto sobre los medios de defensa garantiza automáticamente el orden público, y quienes reducen cualquier discusión sobre armas a consignas ideológicas. El problema es que la realidad colombiana no cabe en ninguno de esos simplismos, tanto por el contexto de violencia actual como por la violencia histórica que ha atravesado el país.

Hace bastante tiempo he estado trabajando en una propuesta que brinde una solución real a esta problemática y amplíe el marco de libertad en torno a la defensa de los colombianos. Se trata de mi investigación presentada en la maestría en derecho penal de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, la cual parte de una incógnita distinta: ¿qué ocurre cuando el Estado restringe de manera casi total el acceso legal a los medios de defensa personal en un país donde la violencia armada continúa siendo ejercida, principalmente, por actores ilegales que jamás han obedecido la ley?

El régimen colombiano de armas, estructurado alrededor del Decreto 2535 de 1993, descansa sobre una lógica que merece ser revisada con rigor jurídico y no con prejuicios políticos ni ideológicos. La regulación actual termina produciendo una consecuencia profundamente contradictoria: restringe principalmente al ciudadano que sí está dispuesto a cumplir la ley, mientras que el criminal continúa obteniendo armas por fuera del sistema legal. No estamos frente a una hipótesis ideológica, sino frente a un problema estructural. En Colombia, obtener legalmente un permiso de porte implica atravesar una cadena de barreras económicas, administrativas y burocráticas que convierten el acceso en un privilegio reservado para pocos sectores con capacidad económica o influencia política. Entre permisos, exámenes, cursos y adquisición del arma, el costo puede superar ampliamente varios salarios mínimos. Lo que termina generando un resultado práctico bastante evidente, a saber: el sistema no selecciona portadores por conducta, estabilidad emocional o responsabilidad individual, sino por capacidad económica o posición social.

Este punto es central. La jurisprudencia colombiana, particularmente en la Sentencia C-296 de 1995, ha sentado una base importante frente a esta problemática y a la interpretación que el derecho penal moderno realiza sobre ella: este no castiga personas por el supuesto peligro abstracto que representan, sino por conductas concretas que lesionan bienes jurídicos de tutela. El principio de derecho penal de acto impide que el Estado convierta la mera posibilidad de riesgo en fundamento suficiente para restringir indiscriminadamente libertades individuales. Sin embargo, gran parte del enfoque actual sobre armas termina operando precisamente bajo esa lógica: asumir que el ciudadano civil, por el simple hecho de aspirar a un mecanismo de defensa personal, constituye un peligro potencial.

La viabilidad constitucional del modelo

Mi investigación cuestiona esa premisa desde una perspectiva constitucional y del derecho penal. La Constitución colombiana no prohíbe de manera absoluta el porte civil. El artículo 223 establece el monopolio estatal sobre la fabricación e introducción de armas y municiones, pero al mismo tiempo permite que la ley regule las condiciones bajo las cuales los particulares pueden acceder a permisos otorgados por la autoridad competente. Esto tiene una consecuencia jurídica importante, puesto que la restricción vigente no proviene de una prohibición constitucional expresa, sino principalmente de decisiones administrativas y políticas públicas adoptadas a lo largo del tiempo.

El silogismo jurídico es relativamente claro:

  • Primera premisa: la Constitución admite el porte civil regulado.
  • Segunda premisa: el Congreso posee la facultad y libertad de configuración normativa para desarrollar el régimen jurídico correspondiente.
  • Tercera premisa: las restricciones actuales derivan, en gran medida, de políticas administrativas antes que de una prohibición constitucional absoluta.
  • Conclusión: el legislador colombiano puede ampliar legalmente el acceso regulado al porte de armas sin necesidad de reformar la Constitución.

Esto no significa eliminar controles ni promover una sociedad armada sin límites normativos. De hecho, la propuesta desarrollada en la investigación apunta exactamente a lo contrario: sustituir un sistema basado en barreras económicas por un modelo centrado en responsabilidad individual verificable.

¿Cómo funcionaría el modelo?

Lo que propone mi investigación no es simplemente flexibilizar permisos de porte, sino reemplazar un modelo centralizado, costoso y burocrático por un sistema de seguridad civil regulada basado en responsabilidad individual, monitoreo permanente y gobernanza comunitaria. La propuesta mantiene intacto el monopolio estatal sobre la fabricación, trazabilidad y registro de armas, pero transforma la lógica mediante la cual el ciudadano accede legalmente a mecanismos de defensa personal.

El modelo funciona a partir de una habilitación progresiva y condicionada. El ciudadano interesado no obtendría un permiso permanente e indefinido, sino una licencia sujeta a evaluación continua de conducta, historial y cumplimiento normativo. A diferencia del sistema actual, donde el principal filtro termina siendo la capacidad económica del solicitante, el nuevo esquema prioriza criterios verificables como antecedentes penales, ausencia de conductas típicas relevantes para el derecho penal, estabilidad conductual, entrenamiento certificado y permanencia dentro de comunidades reguladas de práctica y supervisión.

Uno de los elementos centrales de la propuesta es la creación de clubes certificados de tiro y defensa comunitaria con función pública delegada y supervisión estatal permanente. Estos espacios no operarían como simples polígonos recreativos, sino como instituciones de formación cívica y técnica encargadas de evaluar periódicamente a los portadores, verificar condiciones psicológicas y de idoneidad, registrar prácticas obligatorias y reportar comportamientos de riesgo o posibles conductas con relevancia penal a las autoridades competentes. El arma dejaría de entenderse como un objeto aislado de propiedad individual y pasaría a insertarse dentro de una estructura institucional de responsabilidad compartida.

A ello se suma un sistema obligatorio de seguro individual de responsabilidad civil del portador. Esto implica que toda persona autorizada para portar un arma debería mantener una póliza activa capaz de responder patrimonialmente frente a daños ocasionados por uso negligente, imprudente o irresponsable, especialmente en escenarios donde puedan concurrir conductas penalmente relevantes derivadas del uso indebido del arma de fuego. El objetivo es trasladar parte del costo del riesgo al propio portador y generar incentivos económicos reales hacia el comportamiento responsable. En otras palabras, el modelo busca que el ciudadano armado tenga no solo derechos, sino también obligaciones permanentes y consecuencias inmediatas frente a cualquier incumplimiento.

La propuesta también incorpora mecanismos de monitoreo continuo y pérdida automática de habilitación frente a conductas incompatibles con la licencia. Episodios relacionados con posibles tipos penales como violencia intrafamiliar, amenazas, lesiones personales, constreñimiento ilegal o cualquier manifestación de violencia dolosa activarían procesos de suspensión inmediata mientras se realiza la respectiva revisión institucional y jurídica. Del mismo modo, situaciones asociadas a abuso de sustancias psicoactivas, alteraciones graves de conducta, incumplimientos administrativos reiterados o antecedentes con relevancia criminológica serían objeto de evaluación permanente por parte de las autoridades competentes. La lógica cambia por completo: el permiso deja de ser una autorización estática otorgada una sola vez y se convierte en una relación jurídica dinámica sometida a evaluación constante.

Otro elemento fundamental consiste en reducir la actual aporofobia estructural del sistema colombiano de armas. Hoy, el acceso legal termina reservado para sectores con altos ingresos o conexiones políticas, mientras las poblaciones rurales y sectores vulnerables —precisamente los más expuestos a estructuras criminales armadas— permanecen excluidos del sistema legal de protección personal. La propuesta busca sustituir esa barrera económica por estándares objetivos de conducta, formación y supervisión institucional.

El modelo toma elementos comparados de sistemas como el suizo y de experiencias de gobernanza policéntrica estudiadas por Elinor Ostrom, donde la seguridad no depende exclusivamente de un monopolio vertical centralizado, sino también de estructuras comunitarias reguladas capaces de producir autocontrol, vigilancia mutua y cohesión social. No se trata de privatizar la seguridad ni de eliminar la autoridad estatal, sino de construir mecanismos complementarios donde el ciudadano deje de ser un sujeto pasivo completamente dependiente de la capacidad reactiva del Estado.

La propuesta, además, conserva límites deliberados estrictos. El porte seguiría prohibido en contextos políticos, manifestaciones, procesos electorales y determinados espacios públicos sensibles. El Estado conservaría facultades de inspección, registro, trazabilidad y revocatoria. Incluso la reforma contempla cláusulas de revisión periódica para medir empíricamente sus efectos sobre violencia, criminalidad, reincidencia y convivencia ciudadana.

En esencia, la investigación plantea una transformación del paradigma de seguridad colombiano: pasar de un modelo que presume peligrosidad abstracta sobre el ciudadano civil a un sistema que evalúe responsabilidad concreta, conducta verificable y capacidad real de convivencia dentro del orden jurídico.

Seguridad, libertad y responsabilidad individual

Hoy por hoy el debate público colombiano suele reducir esta discusión a caricaturas ideológicas importadas del contexto estadounidense o suizo. Pero Colombia tiene una realidad completamente distinta: amplias zonas con presencia institucional débil, mercados ilegales consolidados y poblaciones rurales que permanecen desprotegidas frente a estructuras criminales armadas. Allí, la prohibición no elimina la violencia; simplemente monopoliza la capacidad de defensa en manos de quienes ya operan al margen de la ley.

La seguridad no puede seguir entendiéndose únicamente como un monopolio vertical centralizado ejercido desde Bogotá hacia territorios donde el Estado muchas veces llega tarde o simplemente no llega. Una democracia liberal sólida también exige ciudadanos responsables, instituciones eficientes y marcos normativos coherentes con la realidad social y el tejido social que pretenden regular. Hablar de libertad en materia de seguridad no implica ausencia de reglas. Implica reconocer que un ciudadano respetuoso del imperio de la ley no debe ser tratado bajo la misma presunción que un criminal armado, como estamos viendo en la realidad colombiana. Implica entender que el derecho penal no puede construirse sobre el miedo abstracto al individuo, sino sobre responsabilidad concreta y verificable.

Colombia necesita abandonar los debates emocionales y empezar a discutir seriamente si el modelo vigente realmente ha producido los resultados que prometió durante más de treinta años. Porque cuando un sistema desarma principalmente a quien obedece la ley, mientras el crimen organizado continúa fortalecido, la pregunta ya no es si el modelo debe revisarse, sino cuánto tiempo más estamos dispuestos a ignorar sus consecuencias.


Referencias

  • Colombia. Constitución Política de 1991, artículo 223.
  • Colombia. Decreto 2535 de 1993, “Por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos”.
  • Corte Constitucional de Colombia. Sentencia C-296 de 1995.
  • Elinor Ostrom. Governing the Commons: The Evolution of Institutions for Collective Action. Cambridge University Press, 1990.
  • Jakobs, Günther. Derecho Penal. Parte General. Madrid: Marcial Pons.
  • Romero Cárdenas, Cristian Javier. Condiciones institucionales de gobernanza policéntrica para la reforma del régimen de tenencia y porte de armas de fuego: caso del Decreto 2535 de 1993 en Colombia. Trabajo de investigación presentado para optar al título de Magíster en Derecho Penal, Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca.

Según Observatorio Venezolano de Prisiones 14 rehenes políticos fallecieron bajo custodia del narcorégimen interino

Caracas. – La ONG Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) denunció que 14 personas privadas ilegítimamente de libertad han muerto bajo custodia del «Estado» chavista, entre abril y los primeros días de mayo de este año, es decir, durante la gestión interina del narcorégimen encabezada por Delcy Rodríguez.

Las cifras manejadas por OVP, y difundidas en una publicación de su cuenta en X, precisan que en 40 días se registraron 14 muertes en centros como Rodeo III y IV, Tocuyito, Uribana, El Marite y Yare III.

La lista de víctimas incluye a Leonel Rodríguez Ramos y José Espinales en el estado Lara, así como decesos en los centros de reclusión Rodeo III y IV, Tocuyito, Uribana, El Marite y la cárcel 26 de Julio.

Igualmente, la ONG indica que la víctima más reciente es Leonel Enrique Rodríguez Ramos, recluido en la Comunidad Penitenciaria Fénix, en el estado Lara, quien falleció el pasado 10 de mayo tras presentar un paro respiratorio.

Destaca también la opacidad en torno a cinco muertes ocurridas en Yare III, calificadas oficialmente como un motín, mientras familiares denuncian heridas por arma de fuego, y el caso del exconcejal José Manuel García Sabino en Anzoátegui, cuya muerte en calabozos policiales pasó de ser un “presunto suicidio” a una investigación por homicidio tras determinarse que la causa fue asfixia mecánica.

“La muerte de García Sabino vuelve a poner sobre la mesa la gravedad de lo que ocurre dentro de los centros de detención y calabozos policiales en Venezuela, donde el hacinamiento, la violencia, la ausencia de control institucional y la falta de garantías para la vida continúan dejando víctimas bajo custodia estatal”, expresó el observatorio.

La lista de víctimas también incluye a Francisco Segundo Ojeda, en el Centro de Reclusión Penitenciario Judicial 26 de Julio; Antonio José Manzano, en la antigua cárcel de El Marite; Yelamo Zárraga José Ramón, en Tocuyito; Rosqui Norberto Escalona, en Uribana; Deivi Enrique García, en Rodeo IV; y Ovidio José Madriz Mendoza, en Rodeo III.

El OVP denunció en su publicación que el narcorégimen interino “viola flagrantemente los derechos fundamentales de miles de privados de libertad” mientras que los familiares de los detenidos siguen asumiendo gastos médicos, medicamentos, alimentos e insumos básicos que el sistema penitenciario debería garantizar.

Detienen a 12 funcionarios policiales de Anaco por homicidio del exconcejal José García

Caracas. – El director de la Policía Municipal de Anaco (Anzoátegui), comisario Pedro Parra, así como otros 11 funcionarios de ese organismo, fueron detenidos este martes por el CICPC, tras confirmarse que la muerte del exconcejal chavista, José Manuel Nazareth García Sabino (31), fue por estrangulamiento y asfixia mecánico, y no por un supuesto suicidio.

García fue hallado sin vida la noche del pasado sábado dentro de los calabozos del referido cuerpo policial, cuyo deceso está considerado como un caso similar al de Víctor Hugo Quero, en cuyo caso quedó demostrado que falleció bajo custodia del narcorégimen interino.

Se precisó, que el procedimiento lo ejecutó el CICPC de Anzoátegui, organismo que junto con la Fiscalía 19, adelanta las indagatorias sobre este caso. García Sabino fue hallado suspendido del cuello con un mecate, en el área de los baños del centro de detención.

La primera hipótesis fue que se quitó la vida. Sin embargo, tras el traslado de su cuerpo al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, en Barcelona, se confirmó que se trató de un homicidio.

A raíz de los resultados de la autopsia, el CICPC re-clasificó el caso como homicidio y abrió una investigación penal para determinar responsabilidades tanto en la custodia del detenido como dentro del propio centro policial.

En ese contexto, las autoridades ordenaron la detención del director de Polianaco y de otros 11 funcionarios policiales, señalados por presuntas fallas en los mecanismos de vigilancia y control del detenido.

De forma paralela, 34 reclusos que compartían el espacio de reclusión con García Sabino también quedaron bajo investigación mientras avanzan las pesquisas del Ministerio Público.

Mientras tanto, comisiones de la policía científica continúan efectuando experticias técnicas, entrevistas y recolección de evidencias dentro de la sede policial, a fin de esclarecer plenamente las circunstancias en las que ocurrió el fallecimiento del exedil.

Expertos de ONU exigen investigación independiente por desaparición y muerte de Víctor Hugo Quero

Caracas. – Un grupo de expertos de la ONU exigió este martes una investigación independiente por la desaparición forzada de Víctor Hugo Quero Navas y su posterior muerte bajo custodia del Estado chavista en Venezuela.

Mediante un comunicado público, el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU instó al narcorégimen interino, a iniciar una investigación pronta, exhaustiva, independiente e imparcial sobre los hechos. “La pesquisa debe incorporar pruebas forenses independientes, la identificación adecuada del cuerpo y su entrega digna a la familia”, dijo el organismo global.

“La desaparición del señor Víctor Hugo Quero Navas y su posterior muerte bajo custodia deben ser objeto de una investigación pronta, exhaustiva, independiente e imparcial. Dicha investigación debe incluir la realización de pruebas forenses independientes, la adecuada identificación del cuerpo y su restitución digna a la familia”, afirmó el grupo en el texto difundido en su página web.

Según la información recibida, tras su detención en enero de 2025, familiares del Sr. Quero Navas habrían acudido reiterada y periódicamente ante distintas autoridades competentes para solicitar información sobre su suerte y paradero, sin obtener respuesta ni acceso a comunicación con él.

El Grupo de Trabajo transmitió el caso al narcorégimen interino, en el marco de su mandato humanitario el 31 de marzo de 2025, sin haber recibido respuesta de las autoridades. Posteriormente, el 7 de mayo de 2026, los responsables por parte de Venezuela emitieron un comunicado público, en el que señalaron que el Sr. Víctor Hugo Quero Navas habría sido detenido el 3 de enero de 2025 y recluido en el Internado Judicial Rodeo I.

Asimismo, indicaron que no se habrían registrado visitas ni identificado a sus familiares, pese a que existía una campaña pública, a nivel nacional, impulsada por sus allegados para localizarlo e identificarlo.

No obstante, el Grupo de Trabajo destacó contradicciones entre la información oficial reciente y un Acta de Comparecencia de la Defensoría Pública del 24 de octubre de 2025. “En ese documento se indicó a la familia que Quero Navas se encontraba en Rodeo I, pero los guardias negaron cualquier confirmación. Además, las autoridades no informaron a los allegados sobre el fallecimiento pese a que conocían la campaña pública para localizarlo”, señalan.

“Las autoridades ocultaron la suerte y el paradero de la persona desaparecida durante meses, incluso después de su muerte”, señaló el Grupo.

Los expertos consideraron grave que el «Estado» chavista no garantizara el derecho a la verdad, ni permitiera a la madre ver a su hijo o recibir información oportuna. El organismo recordó que el Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la verdad, asegurar la rendición de cuentas y poner fin a las desapariciones forzadas.

En este sentido, los expertos cuestionaron que las autoridades venezolanas no hubieran informado antes a la familia sobre estos hechos. “Resulta profundamente preocupante que las autoridades, pese a tener conocimiento desde hace tiempo de la búsqueda emprendida por la madre de Quero Navas, no hayan proporcionado esta información sino hasta ahora, meses después de su fallecimiento, y únicamente a través de un comunicado público”, señaló el personal de la ONU.

Secretario general de ONU afirma que hubo una «gran complicidad interna» en captura de Maduro

Caracas. – El secretario general de la Organización de Naciones Unidas (ONU), Antonio Guterres, aseguró este pasado lunes estar convencido de que la captura de Nicolás Maduro a través de una operación militar de EE. UU. en Venezuela, contó con una “gran complicidad interna” por parte de altos cargos del propio narcorégimen chavista.

Durante una rueda de prensa centrada inicialmente en la situación de Cuba, Guterres fue consultado sobre la posibilidad de que se produzca un escenario similar al ocurrido en enero en Venezuela, cuando fuerzas estadounidenses realizaron una operación en Caracas que terminó con la captura de Maduro y de su esposa, Cilia Flores, trasladados posteriormente a Nueva York.

Guterres agregó que en el caso venezolano existieron factores internos que facilitaron lo ocurrido. “En Venezuela, para ser sinceros, asistimos a una operación militar contra Maduro, pero tengo la impresión de que hubo una gran complicidad dentro del sistema político venezolano”, declaró.

El secretario general también calificó como “una comparación injusta” establecer paralelos entre la situación venezolana y el escenario actual en Cuba. Ya en enero el organismo había expresado su preocupación por “la posible intensificación de la inestabilidad” y por el precedente que podía sentar la captura de Maduro.

La reacción del narcorégimen interino chavista no tardó. A través de un comunicado difundido por el ilegítimo canciller Yván Gil, la tiranía expresó su “firme protesta” y acusó a Guterres de realizar afirmaciones “impropias de su alta investidura”. Según el texto, las palabras del secretario general son “contrarias a los principios de objetividad, prudencia, imparcialidad y buena fe” establecidos en la Carta de Naciones Unidas.

Las afirmaciones del secretario general de la ONU, “contienen afirmaciones impropias de su alta investidura y contrarias a los principios de objetividad, prudencia, imparcialidad y buena fe establecidos en la Carta de las Naciones Unidas», añadió el texto oficial.

María Corina asegura que coordina su retorno a Venezuela con Marco Rubio

Caracas. – La dirigente política María Corina Machado confirmó este pasado lunes que sostiene conversaciones de alto nivel con el secretario de Estado de EE. UU., Marco Rubio, con el objetivo de coordinar su regreso a Venezuela y establecer la hoja de ruta electoral, bajo el nuevo plan de la administración Trump.

“Con quien he hablado en detalle sobre mi regreso es con el secretario de Estado y las razones que hemos discutido son precisamente la seguridad; y no hablo solo de la mía, sino la de miles de líderes políticos y sociales que se han visto obligados a huir y que también quieren volver para acompañar esta voluntad de nuestro pueblo, que ha demostrado su vocación democrática y está decidido a avanzar en la transición hacia la democracia”, reveló Machado en una entrevista a CNN.

Añadió que el objetivo es “traer a nuestros hijos de vuelta a casa” y permitir el retorno a la democracia. En la misma entrevista, también señaló que “ha habido pasos muy importantes” por parte de EE. UU. en Venezuela.

Igualmente, explicó que el plan impulsado por Washington, consta de tres fases que pueden ejecutarse de manera simultánea. Informó que la etapa de «estabilización» se considera completada, permitiendo que la «democratización e institucionalización» de Venezuela —la tercera fase— ya esté en marcha.

“Lo que han dicho es que estas tres fases no son secuenciales, sino que pueden superponerse. Que la primera fase de estabilización ya se completó y que las acciones en la tercera etapa, que es la democratización e institucionalización de Venezuela, ya se están llevando a cabo”, dijo al respecto.

En cuanto a Delcy Rodríguez, reconocida por Trump como presidenta interina de Venezuela, la premio nobel de la Paz 2025 aseguró que tendrá incentivos, pero advirtió: “Es su última oportunidad de tener la posibilidad de ser reconocida como una figura que ayudó a una transición pacífica y ordenada a la democracia en Venezuela”.

Afirmó además que más de 80% de los miembros de las Fuerzas Armadas también espera que la transición a la democracia ocurra pronto.